Merced & historia

1686
José Linás, O. de M.
Bulario y renovación constitucional

(1686-1692)

Los dos pilares que hacen relevante el generalato de José Linás (1686-1692) son: la creación de un nuevo bulario de la Orden (1696), junto con una proficua relación de la Orden con la Santa Sede para asentar la liturgia y privilegios de ella; así como la elaboración de unas nuevas Constituciones (1692).

 

La recogida orgánica de todas las bulas daba la oportunidad de conocer y tener a mano todos los decretos y privilegios que la Orden había recibido de la Santa Sede desde su confirmación (1235). Una cuestión importante para la memoria, el desarrollo y el progreso de la institución en un momento de renovación constitucional y de esplendor.

 

Por otra parte, gracias a la actuación de José Linás en los dicasterios romanos hizo que se consiguieran hitos importantes para la espiritualidad de la Orden: introducción en el calendario universal de la fiesta de san Ramón Nonato (1677); la conmemoración propia de los difuntos de la Orden (1678); la confirmación de las indulgencias de las cofradías mercedarias (1678); la extensión de la fiesta de la Virgen de la Merced a todos los dominios de la monarquía hispánica (1680); el rezo de san Pedro Pascual para la Orden (1680) y para las diócesis de Toledo, Valencia, Granada y Jaén (1682); el oficio particular de san Pedro Nolasco (1681); la apertura de las causas de canonización de fray Gonzalo Díaz de Amarante (1681) y de fray Pedro de Urraca (1682); el oficio y misa de san Pedro Armengol (1683); la declaración de culto de santa María de Cervelló (1692), entre otras.

 

La Orden de la Merced había vivido durante siglos con las Constituciones primitivas (desde mediados del siglo XIII y asentadas definitivamente en el capítulo de 1317) con reformas (sobre todo la de 1588), hasta la decisión capitular de renovación de las Constituciones en 1686. A José Linás le tocó liderar el proceso de realización de la nueva codificación de la Orden (1687-1691).

Las nuevas Constituciones pasan del esquema clásico de las dos distinciones a tener ocho, a saber:

  • De cultu divino;
  • De redemptione captivorum;
  • De votis et regularis observantiae disciplinis;
  • De accedentibus et quomodolibet recipiendis ad Ordinem;
  • De culpis et transgresionibus regularibus, earumque poenis;
  • De exercitio et professione litterarum;
  • De electionibus ad officia et potestate electorum.