Merced & historia

1317
Raimundo Albert, O. de M.
Normalización tras la tormenta

(1317-1330)

La formación de todo grupo humano tiene un proceso de evolución grupal. El generalato de Raimundo Albert (1317-1330) podemos denominarlo como la fase de ‘normatización’ de la Orden de la Merced, después de una primera fase de ‘formación’ y de una segunda fase de ‘tormenta’ o conflicto y división intergrupal por causa de la jerarquización interior entre los sacerdotes y laicos en la Orden.

 

Nos dice de él la fuente historiográfica más antigua, el Speculum fratrum, que «este general hizo muchas cosas buenas en la Orden; reformó toda la Orden y puso en orden las constituciones que ahora tenemos, particularmente en aquella constitución (punto) saludable sobre la elección del maestro general». Y más adelante añade: «Éste también editó la constitución (el punto) saludable de la elección del prior de Barcelona». Es decir, Raimundo Albert fijó los dos puntos más sensibles para salir del problema de gobierno en el que la Orden llevaba enredada desde un tiempo.   

 

En el generalato de Raimundo Albert por fin se alcanza, sobre todo con el capítulo de 1317, la aceptación de una normativa común (constituciones), después de un periodo convulso en la que la disensión interna por el poder entre los laicos y los sacerdotes habían dejado en entredicho estas mismas constituciones que ya eran la normativa en la Orden, con toda probabilidad, desde 1256. Unas disensiones que estaban en boga en el debate de la Iglesia, pues tras esta lucha entre los laicos y los sacerdotes subyace la cuestión de la independencia de la Iglesia (clérigos) con respecto a los poderes seculares (laicos), tal como había sucedido con la cuestión de los templarios.

 

Raimundo Albert, por tanto, es el general capaz de superar la disensión interna, de hacer asumir a todos el cuerpo constitucional y el que es capaz de reformar, para superar la crisis, los dos puntos esenciales de la elección de las dos máximas autoridades de la Orden: la del Maestro General y la del Prior de Barcelona.  

 

No obstante, la historiografía clásica, quizá de un modo ingenuo, ha considerado a Raimundo Albert como el nuevo legislador de la Orden con la promulgación de unas nuevas constituciones (1327) en las que, en cierto modo, se percibía una cierta ‘traición’ al espíritu tradicional laical de la Orden (recopilación de normas de 1272). Sin embargo, las últimas líneas de la investigación parecen indicarnos que las constituciones atribuidas a él (constituciones albertinas 1327) ya estaban en funcionamiento, como mínimo, en el momento en que convoca el capítulo de 1317, aunque ya se perciben su existencia en bastantes años atrás. Un modelo constitucional dominicano, con dos distinctiones o dos partes (normativa de vida / normativa de la función o carisma), fruto del generalato y de la labor de Raimundo de Peñafort para la Orden de predicadores, que sirvió de modelo legislativo para todas las órdenes que habían sido fundadas tras el IV concilio de Letrán (1215). Pues todas éstas, como los dominicos, se daban cuentan de la necesidad de estas constituciones (costumbres hechas leyes) como complemento legislativo necesario, con el fin de regular el día a día que quedaba en el aire, en muchos aspectos, con la sola Regla de san Agustín y el Comentario elegido.